EUROPEAN CO-DEVELOPMENT

Convocatoria para dos o más productoras audiovisuales en un consorcio destinada al desarrollo de un proyecto audiovisual con potencial internacional para cine, televisión o plataformas digitales.

El objetivo de la convocatoria es apoyar la cooperación entre las productoras europeas.

Solicitantes elegibles: Empresas europeas e independientes de producción audiovisual en un consorcio compuesto, como mínimo, por un líder de proyecto de un país y un socio de otro país.

El coordinador y el socio deberán haber firmado un acuerdo de codesarrollo que deberá adjuntarse en la solicitud. En el documento se especificará la división de tareas y la colaboración en aspectos creativos.

El líder del proyecto debe poder demostrar haber producido una obra previa de mínimo 24 minutos (excepto realidad virtual) desde 2018 que se haya estrenado comercialmente (sala de cine) o emitido (televisión, plataforma digital) en al menos tres países diferentes al del solicitante antes de la fecha límite para la presentación de solicitudes. En el caso de emisión lineal, se requieren tres canales diferentes. Los estrenos o emisiones deberán ser de carácter comercial. Las proyecciones durante los festivales no se considerarán como distribución comercial.

Proyectos elegibles:

  • Largometraje de ficción, película de animación y documental creativo con una duración mínima de 60 minutos. Proyecto principalmente destinado a estreno en cines.
  • Ficción (entrega única o serie) con una duración total mínima de 90 minutos, animación (entrega única o serie) con una duración total mínima de 24 minutos y documental creativo (entrega única o serie) con una duración total mínima de 50 minutos. Proyecto principalmente destinado a estreno en televisión o explotación en plataformas digitales.
  • Ficción interactiva, no lineal, animación o documental creativo (por ejemplo, proyectos narrativos de realidad virtual) de cualquier duración.

Los proyectos diseñados como una serie, con una estrategia de distribución y marketing conjunta, deberán presentarse como una serie en su conjunto. No se admitirán como distintos proyectos de la misma aplicación.

El proyecto no debe tener previsto el inicio de su rodaje dentro del período de diez meses posterior a la fecha límite de la convocatoria.

El solicitante debe probar que posee la mayoría de los derechos relativos al material artístico del proyecto en la fecha límite de presentación de la solicitud. 

Financiación: Lump sum. Esto significa que se reembolsará una cantidad fija, sobre la base de una cantidad global o financiación no vinculada a los costes. El importe será fijado por la Agencia Ejecutiva sobre la base del presupuesto del proyecto estimado y de una tasa de financiación del 70%. 

La subvención máxima de la UE dependerá del número de solicitantes (p. ej., por coordinador y socio elegible será de 60.000 euros cada uno), por cada beneficiario adicional, la subvención máxima de la UE aumentará en 60.000 euros, excepto para el desarrollo conjunto de series de televisión con un presupuesto de producción previsto de 20 millones de euros o más, en cuyo caso, la subvención máxima de la UE para cada solicitante será de 100.000 euros, con el aumento de 100.000 euros más por beneficiario adicional elegible que pueda optar a la ayuda.